Un familiar de FEAFES-AFESOL (Asociación de Familiares y Personas con Enfermedad Mental de la Costa del Sol) ha denunciado públicamente la negativa de la Delegaciónd e la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía en Málaga a revisar la valoración de dependencia de una persona con enfermedad mental por el hecho de estar “ingresadoen el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla”. En la resolución se contempla un “vuelva usted mañana”, cuando su hijo no esté en prisión.

La Ley de Dependencia prevé en su articulado que la valoración se realizarán en el domicilio del usuario, basándose únicamente en este apartado, la Delegación contestó a esta madre que no pueden valorar a su hijo por encontrarse privado de libertad, dejando al márgen el apartado siguiente que recoge: “de forma excepcional, los órganos de valoración podrán llevar a cabo la valoración en unas instalaciones diferentes al domicilio de la persona solicitante“.

La Presidenta de FEAFES-Andalucía y de la Asociación FEAFES-AFESOL, Dª Concepción Cuevas González, denuncia que es inconcebible que una persona privada de libertad, para recibir un tratamiento de su enferemdad, es decir, que está cumpliendo una medida de seguridad, no una pena, se vea privada del resto de sus derechos fundamentales, como es el derecho a la atención social y sanitaria adecuada. La Delegación de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía en Málaga debe rectificar y aplicar las normas al caso concreto, no de forma sistemática e insensible, ordenando la valoración de todos y cada uno de los usuarios que lo soliciten ¿Les parece que no es una situación excepcional estar privado de libertad?

Es una cuestión por la que llevamos trabajando desde hace muchos años, hoy en día se están multiplicando los casos de personas con problemas de salud mental en los centros penitenciarios por la ausencia de dispositivos comunitarios adecuados a su patología. Estas personas no deben entrar jamás en prisión por falta de medios sociales y sanitarios, tienen derecho a ser atendidos en dispositivos comunitarios pero, como no existen, las cárceles se llenan sin recibir la atención adecuada.

Mientras esto se consigue, no podemos permitir que estas personas, cuando salgan de las cárceles, no sean atendidas pro el sistema público sanitario y social. Si se siguen produciendo situaciones como esta negativa a acudir a los centros penitenciarios a realizar valoraciones, estas personas no tendrán derecho a un recurso que les reconoce la Ley de Dependencia.

Desde la Federación hemos apoyado al familiar para recurrir en alzada la resolución y conseguir que, cuando salga de prisión, tenga la valoración y el Programa Individual de Atención que le garantiza el derecho a un recurso digno y adecuado a su patología.

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